
Es ley la reforma del Impuesto a las Ganancias
Radio ADN 97.9 FM - Rafaela
Este jueves, el Senado de la Nación convirtió en ley el proyecto que exime del Impuesto a las Ganancias a los trabajadores que cobren hasta 150 mil pesos y a jubilados que perciban más de ocho haberes mínimos, en una sesión especial en la que también quedó sancionada una reforma al régimen de Monotributo. La legislación se aprobó con 66 votos a favor y una abstención, correspondiente al senador bonaerense Esteban Bullrich.
De acuerdo a la primera de las normativas, los trabajadores que cobren entre 150 mil y 173 mil pagarán el gravamen, pero la AFIP establecerá las deducciones para evitar grandes diferencias entre los que deben tributar y los que están exentos. Además, la actualización del piso para estar exento de Ganancias se ajustará por el RIPTE (promedio de variación salarial que elabora la de Secretaria de Seguridad Social) y la legislación será retroactiva hasta el 1 de enero, por lo que el gobierno devolverá los descuentos ya realizados a quienes le corresponda.
Asimismo, uno de los cambios introducidos a último momento durante el tratamiento en la Cámara de Diputados estableció que los ex presidentes y vicepresidentes de la Nación pagarán Ganancias sobre las asignaciones vitalicias. Por su parte, no quedará incluido en el tributo el aguinaldo de los sueldos hasta 150 mil pesos brutos, mientras que el personal de salud seguirá eximido hasta septiembre por las guardias u horas extras, en virtud de la pandemia.
MONOTRIBUTO

La reforma del régimen de Monotributo propone actualizar los topes de cada categoría y crea un puente para facilitar el ingreso de contribuyentes al régimen general. La iniciativa contempla la actualización para las escalas y montos correspondientes al período 2020, que comenzarán a regir cuando la ley sea promulgada por el Poder Ejecutivo.
De este modo, la reforma propiciada por la AFIP busca armonizar la transición entre el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y el Régimen General (RG), tanto en términos administrativos como en los montos de las obligaciones que deben afrontar las personas monotributistas.
En esta línea, para los casos de monotributistas cuya facturación superó el límite más alto del régimen hasta un 25%, se contempla que puedan mantenerse en su actual condición durante el período fiscal 2021. Los que superaron ese monto se tendrán que pasar al régimen general, y se establece una transición para que los contribuyentes puedan afrontar los pagos de Ganancias y de IVA.
De acuerdo con el texto, podrán deducir además en el primer año el 50% del importe que le corresponde pagar de IVA, el 30% en el segundo y el 10% en el tercer año. Finalmente, el proyecto establece un Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para los sujetos comprendidos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.




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