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Será bajo una nueva modalidad que regulan los Decretos Nº 51.074 y 51.075 que firmó el intendente Luis Castellano.
Locales20/11/2020El intendente Luis Castellano firmó el Decreto Municipal N° 51.075 que habilita a los jardines maternos-infantiles de la ciudad para volver a abrir sus puertas.
Sobre esta nueva medida, la secretaria de Educación, Mariana Andereggen, explicó: “En esta última etapa del proceso, que venimos acompañando desde hace meses, estuvimos trabajando específicamente en la elaboración de la reglamentación para la vuelta de la actividad a jardines”.
“Nos reunimos con responsables de las áreas de habilitaciones sanitarias del Municipio para generar un conjunto de normas básicas a tener en cuenta a la hora de la reconversión de estos espacios, afectados por la falta de actividad desde el 15 de marzo”, agregó la funcionaria.
A esto le siguió “un proceso de diálogo, en el que pusimos el borrador elaborado a disposición de las propietarias de jardines. Surgió una instancia en la que pudieron ser aclaradas cuestiones que no estaban escritas o ellas sugerían aspectos que no se habían tenido en cuenta, y nosotras lo sumábamos”.
“La medida continuó su cauce administrativo, el Intendente validó el reglamento mediante la firma del Decreto y esto habilita hoy que, con ciertos condicionamientos que van a ser controlados por la Brigada Sanitaria, este servicio pueda volver a brindarse a las primeras infancias de la ciudad y a sus familias”, aseveró la Secretaria.
¿Qué se habilita?
Como bien indica la medida, las instituciones podrán reconvertir su actividad bajo la modalidad de "Centros de actividades recreativas y culturales para las primeras infancias", destinados niños desde 1 a 4 años de edad.
Cada centro podrá destinar una ocupación máxima de hasta el 30 por ciento de la capacidad habilitada en sus espacios interiores cerrados y/o hasta un máximo de una persona por cada cuatro metros cuadrados. Se deberá privilegiar el desarrollo de actividades en espacios abiertos privados (patios, terrazas, etc.) o públicos (plazas, parques, etc.), con estricto cumplimiento de los protocolos aprobados.
La modalidad será con la organización de actividades en forma de talleres individuales o grupales. Los grupos podrán estar integrados por hasta un máximo de 10 alumnos, excepto que este número exceda las limitaciones impuestas en el artículo precedente. Docentes a cargo y alumnos serán siempre los mismos en cada grupo o taller, evitando suplencias o reemplazos entre ellos.
Los talleres tendrán una duración máxima de 3 horas, debiendo proceder a la limpieza y desinfección previo al inicio del turno siguiente y evitando el contacto entre los diferentes grupos que ingresan y egresan. Con el mismo fin, se deberá procurar que entre los distintos turnos haya un lapso de tiempo, como mínimo de 30 minutos.
Es importante mencionar que la medida alcanza a las instituciones de educación inicial que tenían la habilitación en regla antes del inicio de la pandemia, presentaron la solicitud de reconversión y fueron notificadas de su aceptación.
Durante la próxima semana, la Brigada Sanitaria estará recorriendo las instalaciones y verificando el cumplimiento de las nuevas condiciones.
Reconversión de salones
El Departamento Ejecutivo Municipal dispuso la reconversión excepcional y temporaria de los salones de fiestas habilitados con estricto cumplimiento de las condiciones y requisitos exigidos para su apertura y funcionamiento.
En ese marco regulatorio, se habilita a esos emprendimientos a funcionar como bares y/o restaurantes con concurrencia de comensales, con una ocupación de hasta el 30 por ciento de la capacidad habilitada de cada salón en sus espacios interiores cerrados con un tope máximo de 100 personas y privilegiando la ventilación natural por sobre el uso de ventiladores y/o aires acondicionados (ventanas y puertas abiertas en lados opuestos).
Además, cada local deberá privilegiar el desarrollo de las actividades en espacios abiertos privados (patios, terrazas, etc.) o públicos (veredas, canteros, parklets, plazas, parques, etc.) con estricto cumplimiento de los protocolos aprobados y previa solicitud de los permisos de uso y ocupación del espacio público.
Por otra parte, deberá llevar a cabo sus actividades bajo el sistema de reserva previa y extender a los asistentes una constancia de confirmación de reserva que servirá como comprobante de circulación. También deberá estar garantizado el distanciamiento social entre quienes concurran y no estará permitida la actividad bailable.
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