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Media sanción para ampliar los beneficios de la ley 5.110

Provinciales 21 de octubre de 2020 Por Radio ADN 97.9 FM - Rafaela
La iniciativa propicia modificaciones con el fin de adecuarla para acercar más beneficiarios al sistema.
calvo

 La Ley 5.110 brinda a los santafesinos un beneficio, de origen no contributivo, en el que no es necesario haber efectuado aportes  para recibirlo. Este beneficio alcanza a las personas de la tercera edad, a aquellas imposibilitadas en forma permanentey no tengan acceso a una jubilación, y a madres menores que hayan quedado desamparadas .

La iniciativa, cuya autoría corresponde al Senador Alcides Calvo, entre las modificaciones más importantes,  se incorpora el término beneficio no contributivo en lugar de pensión, y se introduce el concepto de “vulnerabilidad social”, como la diversidad de situaciones intermedias y al proceso por el cual se está en riesgo de engrosar el espacio de exclusión.

En cuanto a la edad para acceder al beneficio por ancianidad la misma se establece en 60 años, tanto para hombres como para mujeres y no se requiere antigüedad de residencia para el nativo y solo 2 años para el no nativo. También permite que el beneficiario posea otro ingreso, pero la suma de este más la pensión no debe superar el monto de la pensión mínima que abona la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, en la actualidad el que goza de una pensión no contributiva nacional no puede acceder a una pensión ley 5.110, aunque su ingreso le resulta insuficiente para satisfacer sus más mínimas necesidades.Otra modificación importante es que la persona para acceder a la pensión debe tener un 66% de invalidez (porcentaje que se exige a nivel nacional para acceder a las pensiones no contributivas) y que en la actualidad es del 75%. Asimismo, se establece en el proyecto de ley que, si no se cumplen los requisitos de edad o discapacidad, pueden acceder al beneficio si tienen 55 años y una discapacidad del 40%, percibiendo el 80% de pensión hasta que cumplan los requisitos generales.También se propone el beneficio para los menores de 18 años (en lugar de los 16 años de hoy), extendiendo la asistencia a mayores de 18 y hasta 25 años si se hallan cursando estudios formales o de formación laboral. Cabe destacar que en la Comisión de Presupuesto y Hacienda que preside el Senador Calvo se incorporaron como beneficiarios a las personas trasplantadas o en lista de espera, a las personas trans y a las personas víctimas de violencia de género (En este caso con un beneficio temporal renovable), a instancia de las autoridades de la Caja Ley 5110, de la Secretaría de Estado de Igualdad y Género de la Provincia y .de la Dirección Provincial del CUDAIO.

Calvo sostiene que “el proyecto persigue adaptar la ley actual para posibilitar el acceso de más beneficiarios al sistema, con el convencimiento de que la protección social desempeña un papel decisivo en el logro del desarrollo sostenible, la justicia social y el derecho humano a la seguridad social para todos".

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