
Ante la resistencia a las restricciones, la Municipalidad ratifica adhesión a las últimas medidas
Radio ADN 97.9 FM - Rafaela
La Municipalidad de Rafaela informa que adhiere a las disposiciones establecidas por el Gobierno provincial a través del Decreto N° 0458 y que se aplicarán hasta el próximo viernes 21 de mayo, como así también a las anteriores medidas establecidas con el objetivo de reducir el contagio del COVID-19.
En este sentido, están suspendidas las reuniones sociales en domicilios particulares, la práctica deportiva tanto en establecimientos cerrados como al aire libre en clubes, gimnasios y establecimientos afines, las competencias deportivas provinciales, zonales o locales de carácter profesional o amateur, como así también la actividad religiosa en espacios cerrados.
Otra de las suspensiones abarca a las discotecas y salones de eventos, de fiestas y similares, con las actividades de cines, teatros, centros culturales, salas, complejos cinematográficos y establecimientos afines. En este grupo además, se encuentran la actividad artística y artesanal a cielo abierto en plazas, parques y paseos, las asambleas y actos eleccionarios en forma presencial.
Por otro lado, se solicita no permanecer en los espacios públicos sino limitar su uso para la circulación.
Estas medidas se complementan con controles domiciliarios a las personas que deben permanecer en aislamiento.
LOCALES GASTRONÓMICOS Y COMERCIOS
Los locales gastronómicos no podrán extender su actividad más allá de las 23:00 y no se permitirá el ingreso de personas para la permanencia a partir de las 22:00. Por otra parte podrán funcionar en las modalidades de delivery y de retiro. En estos espacios, la cantidad de mesas en las superficies cerradas no puede superar el 30 por ciento de la ocupación.
En tanto que los comercios podrán permanecer abiertos hasta las 19:00 y los que comercialicen productos alimenticios hasta las 20:00.
CIRCULACIÓN VEHICULAR
Queda restringida de lunes a domingo entre las 20:00 y las 6:00 y solo podrán circular quienes se dediquen a actividades esenciales y a quienes asistan a actividades educativas de carácter presencial.




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