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Se modificó la forma de calcular las indemnizaciones laborales por accidente o muerte

Nacionales 30 de septiembre de 2019 Por Radio ADN 97.9 FM - Rafaela
Desde el sector gremial, aseguran que es inconstitucional. El gobierno dispuso un nuevo cálculo que terminará reduciendo los resarcimientos.
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A través de un decreto publicado este lunes en el Boletín Oficial, el Gobierno modificó la forma de calcular los montos y los intereses de las indemnizaciones por accidentes de trabajo, incapacidad laboral definitiva o fallecimiento del trabajador. “El mantenimiento del esquema actual provocaría un inminente desfinanciamiento del sistema con impacto en los trabajadores, beneficiarios del Sistema de la Seguridad Social”, se explica en el texto del decreto.
Hasta el momento, el cálculo del “ingreso base” del trabajador, lo que permite luego determinar el monto de las indemnizaciones, se realizaba según la tasa  de los bancos. A partir de ahora, se pasará a utilizar la variación del índice Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE). La tasa anual del Banco Nación es del 71,77% y la RIPTE durante todo 2018 fue de 30,6%. Por lo tanto, los montos finales se reducirán considerablemente.

Algunos gremios ya adelantaron que harán presentaciones en la justicia, planteando la inconstitucionalidad de la medida.

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