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Ex presidente comunal de Arrufó procesado por el delito de peculado

Regionales29 de febrero de 2016 Por Radio ADN 97.9 FM - Rafaela
La resolución contra Oscar Ribotta fue tomada por el Juez Tallarico. La denuncia data del 2012 y fue impulsada por el actual jefe comunal, Cristian Piumatti luego de una auditoría de gestión.
Comuna de Arrufó

Oscar Ribotta, quien fuera Presidente Comunal de Arrufo desde el año 1999 hasta 2011 fue procesado por la justicia santafesina por el delito de peculado.

La denuncia fue presentada por el actual Presidente Comunal Cristian Gabriel Piumatti el 16 de Febrero de 2012 ante la Fiscalía de Distrito Nº 10 de la ciudad de San Cristóbal y tramitada, luego, ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 10 en lo Penal de Instrucción, hoy, a cargo del Sr. Juez Dr. Hugo Tallarico.

Luego de 3 años y 10 meses de investigación, con un expediente de más de 1500 fojas, numerosos llamados a testimoniales, una pericia contable practicada por un Perito Contador Oficial, diligenciamientos probatorios mediante exhortos, rogatorias, realización de las pertinentes indagatorias, se pudo corroborar la veracidad de lo dictaminado por la Auditoría de Gestión encargada por las autoridades asumidas el día 11 de Diciembre de 2011.

Como consecuencia de todo este accionar, el pasado 30 de Diciembre de 2015 el Juez Dr. Hugo Tallarico resolvió: “procesar a Oscar Pedro Ribotta, Mariela Andrea Boidi, Vanina Alejandra Oesquer, Alejandro Daniel Cabrera y Carlos Javier Humberto Navarro… como autores del Delito de Peculado”.

Además se les traba “embargo a bienes de los procesados, todo ello sin perjuicio de la continuidad de las actuaciones e investigaciones contra los demás miembros de la ex Comisión Comunal investigada y procesada por los hechos que se denunciaran”.

Peculado:

El Código Penal argentino contempla esta figura delictiva en su artículo 261, condenándose al funcionario público, autor de la sustracción de caudales o efectos, que tenía bajo su administración, percepción o custodia, a la pena de reclusión o prisión de dos a diez años, más inhabilitación perpetua y absoluta.

 

Fuente: Radio Belgrano Suardi

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