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Campaña sobre el uso de pirotecnia en Rafaela

El Gobierno municipal recuerda a la ciudadanía que la Ordenanza Nº 5081, prohíbe el uso de pirotecnia sonora en la ciudad, porque puede causar un daño grave en la vida o la salud de las personas y animales. Se invita a vecinos y vecinas a celebrar con mayor conciencia y menor desperdicio, más luces y sin ruido.

Locales19/12/2024Radio ADN 97.9 FM - RafaelaRadio ADN 97.9 FM - Rafaela
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La Municipalidad de Rafaela, a través del programa por los Derechos de los Animales (PRADA) y del Instituto para el Desarrollo Sustentable, impulsa la campaña de concientización que se enmarca en la Ordenanza Nº 5081 del año 2016 y que declara a Rafaela como "Ciudad Libre de Pirotecnia de Efecto Audible No Lumínica", prohibiendo el uso de pirotecnia sonora no lumínica en eventos organizados por el municipio.

Año tras año se busca comprometer a la ciudadanía para generar un cambio cultural en el modo de celebrar y expresar la alegría en estas fechas tan importantes y sentidas. En este sentido, se invita a celebrar las fiestas que se avecinan, cuidando a la población más vulnerable y a los animales, apelando a rituales más amigables y evitando el uso de pirotecnia, especialmente sonora.

El director del IDSR, Enrique Soffietti, contó al respecto que "cada vez se toma más conciencia sobre los problemas relacionados con el uso de pirotecnia, en las personas, en los animales y en el ambiente. Sin embargo, muchas veces gana la costumbre o esa idea de evitar pasar fiestas “aburridas”. Pero las celebraciones sin pirotecnia sonora son posibles, como todos los pasos que vamos dando para ser inclusivos y responsables de la huella que generamos".

PROPUESTAS

. Colgar por toda la casa globos como pequeñas piñatas.
. Hacer juegos con luces led o luces de colores en un sector oscuro.
. Usar ropa blanca o pinturas flúo que brille en la oscuridad.
. Realizar concursos de baile o karaoke.
. Donar el dinero por la compra de pirotecnia a una obra de bien.

Cada persona debe orientar sus acciones para que el impacto ciudadano y ambiental que genera durante el desarrollo de las fiestas, sea menor.

Alcance de la normativa
La Ordenanza Nº 5081 prohíbe la tenencia, venta, acopio, exhibición y expendio al público en forma onerosa o gratuita de "bombas de estruendo" de una pulgada o más y otros productos de similar o mayor poder explosivo, aunque sean de fabricación autorizada.

También la venta a menores de 16 años y la elaboración, comercialización, tenencia y uso de todo artefacto de pirotecnia que no haya sido calificado como "de venta libre" por fabricaciones militares.

Quienes necesiten hacer denuncias y reclamos, podrán hacerlo a la línea telefónica 147 Rafaela Responde.

DAÑOS

La pirotecnia provoca daños especialmente en adultos mayores, bebés, animales, personas del espectro autista y a aquellas que tienen alguna discapacidad o hipersensibilidad sensorial. También a los que padecen enfermedades y malestar al ruido ensordecedor y la contaminación acústica.

Los efectos que producen en ellos son miedo, estrés, palpitaciones, taquicardia, afectación del sistema inmunitario y, en caso de enfermedad, empeoramiento de la salud del paciente.

Asimismo, la manipulación incorrecta de pirotecnia puede llevar a provocar lesiones como mutilaciones, fracturas, luxaciones, heridas, lesiones oculares con perforación y penetración de cuerpos extraños, hipoacusia por perforación del tímpano y quemaduras de diversas consideraciones.

Además, su uso inadecuado puede ser causante de daños materiales a bienes privados y públicos con incendios en zonas arbóreas, coches calcinados, toldos en llamas y, en el espacio que habitamos, contaminación ambiental y acústica

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