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El Gobierno Nacional lanzó el programa "Registradas"

Nacionales 28 de septiembre de 2021 Por Radio ADN 97.9 FM - Rafaela
El Estado le entregará a trabajadoras domésticas entre el 30% y el 50% de su salario a través de una cuenta gratuita del Banco Nación. La inscripción deberá ser solicitada por el empleador y estará abierta hasta el 31 de diciembre de 2021.
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Este martes, el Gobierno nacional oficializó por medio del decreto 660/2021 el Programa de Recuperación Económica, Generación de Empleo e Inclusión Social "Registradas", anunciado ayer por el presidente Alberto Fernández.  Mediante este nuevo programa, el Estado le entregará a trabajadoras de casas particulares una suma de dinero fija durante seis meses a cuenta del pago que realizará la parte empleadora, con lo que se busca reducir la informalidad y garantizar la permanencia en un empleo registrado. 

CÓMO FUNCIONA EL PROGRAMA

En principio, se inscribirá a la trabajadora en la AFIP y se pagarán los aportes y contribuciones. Luego, se realizará la apertura automática de una cuenta sueldo gratuita en el banco Nación y el Estado le transferirá entre el 30% y el 50% del salario.

Para los empleadores cuyos ingresos brutos sean menores a $122.500, el porcentaje del sueldo que pagará el Estado será del 50% de la remuneración neta mensual, según el convenio colectivo del sector. Cuando el ingreso sea de entre $122.500 y $175.000 será del 30%. En todos los casos, el beneficio no podrá superar los $15.000 mensuales, y el programa es compatible con la Asignación Universal por Hijo, Asignación Universal por Embarazo, Tarjeta Alimentar, Progresar, Potenciar Trabajo y otros.

La parte empleadora le transferirá a la trabajadora el porcentaje restante del sueldo que corresponda. La transferencia monetaria por parte del Estado dura 6 meses y solamente se podrá registrar a una trabajadora con la obligación de mantener el puesto de trabajo los cuatro meses posteriores a la finalización del beneficio. Para calificar, las trabajadoras deben dedicar un mínimo de 12 horas semanales declaradas por la parte empleadora y realizar tareas enmarcadas dentro de las categorías "Personal para tareas específicas", "Caseros y caseras", "Asistencia y cuidado de personas" o "Personal para tareas generales". No se podrá despedir a una trabajadora para inscribirla nuevamente.

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