
Psicosis y alteración mental severa, los resultados de las pericias al acusado Martín G.
Radio ADN 97.9 FM - Rafaela
En noviembre pasado, el Juez Alejandro Mognaschi establecía la prisión preventiva sin plazo para Martin G. Por su parte, la Fiscal, Angela Capitanio precisaba que investigaron 10 hechos ilícitos en perjuicio de un grupo de seis adolescentes menores .
La fiscal había relatado que "la modalidad delictiva era similar en todos los casos. El imputado utilizaba otros menores para contactarse , y lo hacía a través de las redes . Aprovechándose del estado de vulnerabilidad de las adolescentes, buscaba inducirlas a que se sacaran fotos desnudas o a que ejerzan la prostitución”. Además, agregó que “a algunas de las víctimas las amenazaba afirmándoles que si no aceptaban su propuesta, las iban a secuestrar para llevarlas al norte del país, o que iban a matar a su familia”.
Capitanio también señaló que a una de las víctimas, Martín la abusó sexualmente y luego le dio dinero. Por lo ocurrido, la funcionaria le atribuyó la autoría de los delitos de abuso sexual agravado por acceso carnal; promoción a la corrupción de menores de edad y amenazas.
En perjuicio de otra de las víctimas, le endilgó la autoría del delito de amenazas coactivas agravadas (por la intervención de menores de 18 años) –en tres oportunidades– y la autoría del delito de promoción a la corrupción de menores agravada (por amenazas y por ser la víctima menor de 18 años.
En relación a las otras cuatro adolescentes, la fiscal le imputó un hecho por cada una. De esta manera las carátulas legales quedaron: promoción a la prostitución; promoción a la prostitución agravada (por amenazas, por ser la víctima menor de 18 años y por la intervención de otros menores de 18 años); y amenazas coactivas agravadas (por la intervención de menores de 18 años).
Luego de 10 meses de cumplir con prisión preventiva, este martes las familias de las víctimas recibieron una carta en la que fueron notificadas por la declaración de inimputabilidad de Martín G. La explicación dada es que los estudios psicológicos arrojaron la no comprensión de la criminalidad de los actos. En la actualidad el joven se encuentra internado en una clínica psiquiátrica en la ciudad de La Plata y absuelto en la causa penal.
Lo conseguido por el abogado defensor fue en base al artículo 34 inciso primero del Código Procesal Penal, el cual expresa: “El que no haya podido en el momento del hecho, ya sea por insuficiencia de sus facultades, por alteraciones morbosas de las mismas o por su estado de inconciencia, error o ignorancia de hecho no imputables, comprender la criminalidad del acto o dirigir sus acciones. En caso de enajenación, el tribunal podrá ordenar la reclusión del agente en un manicomio, del que no saldrá sino por resolución judicial, con audiencia del ministerio público y previo dictamen de peritos que declaren desaparecido el peligro de que el enfermo se dañe a sí mismo o a los demás. En los demás casos en que se absolviere a un procesado por las causales del presente inciso, el tribunal ordenará la reclusión del mismo en un establecimiento adecuado hasta que se comprobase la desaparición de las condiciones que le hicieren peligroso. En base a este artículo es que el Dr. Sergio Fregona solicitó pericias psiquiátricas y psicológicas, las cuales fueron llevadas a cabo por el Consultorio Médico Forense reunidos en Junta Médica en la ciudad de Rosario. Dichas conclusiones arrojaron una alteración mental severa y que le impide comprender la criminalidad de sus actos, poseyendo potencialidad impulsiva. Además, resultaría peligroso y debe ser internado en un servicio de psiquiatría, estableciendo un diagnóstico de psicosis. Por última, en estas conclusiones los profesionales cierran explicando los siguiente: síntomas psicopatológicos como : Humor colérico, Verborragia, Enfático, Postura Querellante, Presentación Bizarra, Desdén generalizado, Ufanía, Pensamiento Paranoide. Que se trata de una " patología mental mayor" con características de alienación, ratificando la falta de comprensión de la criminalidad de sus actos debido a la severa perturbación de sus ideas y sus afectos. Teniendo en cuenta el resultado de dichas pericias, la Jueza Cristina Fortunato, haciendo lugar a lo solicitado por el abogado Fregona, resolvió sobreseer a Martin G siendo declarado inimputable.




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