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Feministas rafaelinas en contra de un proyecto de ordenanza

El día miércoles 19 de diciembre se realizará una sesión extraordinaria en el Concejo Municipal de la ciudad de Rafaela, para tratar una iniciativa elevada por el grupo religioso “Rafaelinos por la vida" y a la cual el grupo de feministas se muestra totalmente en contra, admitiendo que "atrasa 100 años".

Locales17/12/2018Radio ADN 97.9 FM - RafaelaRadio ADN 97.9 FM - Rafaela
PAÑUELAZO
Feministas rafaelinas en contra de un proyecto de ordenanza

El comunicado manifiesta que:
Este proyecto de ordenanza plantea unos fundamentos y unos objetivos que atentan contra nuestra Constitución Nacional, nuestro Derecho Penal y todo el marco normativo internacional al que adhiere nuestra Norma Máxima. Si se lee con detenimiento la propuesta (que adjuntamos aquí ) se puede observar la gravísima intención de utilizar las herramientas del Estado para persuadir a las mujeres que han sido violadas y no quieren llevar a término su embarazo, a que sí lo hagan, desconociendo e incumpliendo con el art. 86 del código penal que prevé el aborto no punible por causales, los tratados de DD.HH, principalmente la CEDAW y su protocolo facultativo incorporados a la Constitución Nacional en el Art 75, inc 22.

Como bien ha expresado el relator especial de las Naciones Unidas contra la Tortura, Juan Méndez: “la prohibición absoluta del aborto viola la prohibición de trato cruel, inhumano y degradante y hasta de la tortura”[1]. Se considera como una forma de tortura el obligar a parir a una mujer o niña contra su voluntad, lo que se agrava sustancialmente si la mujer cursa un embarazo producto de una violación.

La CEDAW (Convención para la Eliminación de Discriminación Contra la Mujer), dotada de jerarquía constitucional con la reforma a la Carta Magna en 1994, cuenta con un Comité de Expertxs, que revisó en el año 2016 la situación de la Argentina y emitió un informe exhaustivo sobre todos los aspectos de los derechos de las mujeres, con comentarios y recomendaciones para el país. En Salud, el informe reitera la recomendación sobre disminuir la mortalidad materna garantizando el acceso a servicios de salud apropiados, la atención de emergencia obstétrica y otros factores que impactan en la misma. También recomienda que se implemente en todo el país la Interrupción Legal del Embarazo en base al Protocolo aprobado por el Ministerio de Salud de la Nación en cumplimiento del Fallo de la CSJN de 2012 y exhorta a que se garantice el acceso al aborto legal y seguro a las mujeres en casos de violación o riesgo para la salud o la vida, así como la atención post aborto.

Como bien se mencionó, el derecho al aborto no punible, está contemplado en el art. 86 del Código Penal de nuestro país desde el año 1921, y su interpretación realizada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo “F.A.L” de 2012, resuelve que las personas tienen derecho a la interrupción legal del embarazo en los siguientes casos: Si el embarazo representa un peligro para la vida de la mujer y este peligro no puede ser evitado por otros medios; si el embarazo representa un peligro para la salud de la mujer (entendida la salud como el bienestar físico, mental-emocional y social); y si el embarazo proviene de una violación.

Además de desoír esta legislación de fondo, cuyo dictado por el Congreso Nacional rige en todo el territorio del país, la propuesta también ignora que el Máximo Tribunal exhortó a las autoridades nacionales y locales a implementar y hacer operativos protocolos hospitalarios de atención de los abortos no punibles, siendo nuestra provincia una de las pocas que respeta esta decisión institucional, contando con protocolos de actuación que cumplen con los estándares fijados.

El Centro de Atención a la Mujer Embarazada y al Niño por Nacer propuesto es, de acuerdo a lo expresado por la Corte en el mismo fallo, una práctica ilegal por atentar contra el efectivo acceso a los abortos permitidos.

El proyecto de ordenanza afirma que “las prácticas abortivas, constituyen una forma de violencia contra la mujer al afectar su salud”. Si entendemos a la salud como un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no sólo la ausencia de afecciones o enfermedades, tal como lo hace la OMS, esta propuesta termina atentando contra la finalidad que se propone, la de proteger la salud de la mujer, desde el momento que deja de manifiesto su intención de hacer oídos sordos a la decisión de quienes decidan no continuar con un embarazo, avasallando el derecho de todo ser humano de elegir el proyecto de vida que desee.

En este sentido, es fundamental mencionar que el sistema de salud de nuestra provincia, en cumplimiento con la legislación nacional, ya contempla un espacio como el que se pretende crear, para los casos en los que una mujer que desea gestar y su embarazo corre riesgo es atendida. Se trata del Programa Nacional de Salud Sexual y Reproductiva que tiene entre sus objetivos asistir a mujeres para disminuir la mortalidad materno infantil. Invitamos a leer la información sobre el mismo en el siguiente enlace: http://www.msal.gob.ar/saludsexual/.

Del mismo modo, en nuestra ciudad, al igual que el resto del país, todas las mujeres, adolescentes, niñas y niños con y sin cobertura social, reciben prestaciones de salud en el Hospital “Dr. Jaime Ferré” y en los 11 Centros de Atención Primaria de Salud. En todos estos centros se realizan prestaciones materno-infantiles de manera gratuita y, específicamente en el caso de las mujeres gestantes, se llevan a cabo todos los controles requeridos, también los posteriores al alta de la mujer puérpera y recién nacido, según las necesidades singulares de cada caso. El sistema de salud en nuestra localidad cuenta con una guardia obstétrica y de neonatología las 24 horas para todas las situaciones de urgencia obstétrica que se presenten. En todos los organismos mencionados se siguen las pautas de atención materno-infantil recomendadas por la Organización Mundial de la Salud y el Ministerio de Salud de la Nación. Aquellas mujeres con dificultades para gestar pueden realizar interconsultas con especialistas en el Hospital y son derivadas a Santa Fe para realizar diagnóstico y tratamiento oportuno con un Equipo Especializado en Fertilidad. En tanto, las mujeres que manifiestan situaciones de conflicto para la continuidad de la gestación son escuchadas, asesoradas y derivadas precozmente a un Equipo Interdisciplinario para realizar oportuna consejería en el marco de lo que prevé el actual Código Penal, el Protocolo Nacional de Interrupción Legal del Embarazo y los lineamientos provinciales del Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe. En todas las situaciones en donde se detecta vulneración de derechos cada Equipo de Salud realiza las intervenciones y articulaciones necesarias para cada caso singular.

No obstante lo dicho, desde la Asamblea Feminista, consideramos que en nuestro Sistema Público de Salud quedan pendientes reformas de fondo relacionadas a los Derechos Sexuales, Reproductivos y No Reproductivos (acceso efectivo a anticoncepción quirúrgica femenina y masculina y anticoncepción en general; parto respetado y humanizado; atención pre y post aborto; atención integral de personas trans; asistencia y acompañamiento en situaciones de violencia de género y maltrato y abuso sexual infantil…) para elevar la calidad de atención de las prestaciones brindadas en los efectores y que las mismas deben generarse en el marco de una Perspectiva de Género y un Enfoque de Derechos Humanos siendo coherentes con las normativas nacionales e internacionales anteriormente mencionadas. De modo que si se quiere contribuir a mejorar el sistema de salud, existe una larga lista de reformas que puede solicitarse al Estado Provincial para que promueva y garantice los derechos de Salud Sexual y Reproductiva y No Reproductiva, en lugar de proponer una ordenanza municipal que contradiga y/u obstaculice dicho proceso.

Ante este panorama nos preguntamos: ¿Es ético, jurídico y judicialmente viable que una ordenanza municipal contradiga y obstaculice las responsabilidades del Ministerio de Salud de la provincia y además intente coaccionar y obligar a una mujer a realizar algo en contra de su voluntad? ¿No hemos aprendido ya de la peor manera posible lxs santafesinxs cuáles son los resultados de negar el acceso al Aborto No Punible y no respetar las decisiones de las mujeres respecto a sus cuerpos y su proyecto de vida? ¿No fue suficiente el caso Ana María Acevedo, la joven santafesina de 19 años y tres hijxs que murió porque ninguno de sus médicos accedió -por creencias morales y religiosas- a garantizarle el acceso a su derecho a un aborto terapéutico y legal para que pudiera hacerse el tratamiento de quimioterapia? ¿No fue suficiente su muerte y la de su beba de un día para comprender que los fundamentalismos religiosos matan? ¿No fue suficiente que el Estado argentino haya sido demandado internacionalmente por este caso? ¿Lxs concejalxs de esta ciudad están dispuestxs a que por un accionar demagógico, todxs lxs rafaelinxs paguen el costo de una demanda similar?

Este proyecto de ordenanza presentado por la agrupación “Rafaelinos por la vida” no sólo plantea un retroceso de 100 años en materia de derechos, sino que habilita que siga habiendo Ana María’s Acevedo´s. Este proyecto pretende instituir con fondos estatales la persecución a mujeres gestantes con necesidad de abortos no punibles y a lxs profesionales de la salud de nuestra ciudad que garantizan los derechos sexuales, reproductivos y no reproductivos. Este proyecto promueve el silenciamiento de la voz de las mujeres, adolescentes y niñas respecto a sus deseos, necesidades, dolencias y circunstancias singulares de vida; y pretende legalizar la ilegalidad. Este proyecto presentado por el poder religioso local, conformado por las iglesias católica y evangélica, se ampara en prácticas patoteriles y presiones a los sectores polìticos - a meses de las elecciones- para imponer normativas que son inviables desde el punto de vista legal y jurídico. Ya tenemos antecedentes similares cuando se realizó la Declaración de Rafaela ciudad Provida y Profamilia en el año 2015. Es de público conocimiento que pastores y cúpulas católicas ponen como moneda de cambio el voto de sus creyentes.

Por todo lo expuesto, exhortamos a lxs concejales de nuestra ciudad a ejercer su función pública con responsabilidad y de acuerdo a las leyes, derechos y competencias vigentes, votando negativamente este proyecto de ordenanza, que es anticonstitucional, antiderechos, antiético e inviable jurídica y administrativamente y pedimos la intervención del Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe ante este atropello a nuestros derechos.

Invitamos a quienes se sientan tan agraviadxs como nosotras, a hacerse presente este miércoles 19 de Diciembre a las 19 hs en la Municipalidad de Rafaela, con pañuelos verdes para exigirles a lxs ediles que escuchen las voces de las mujeres organizadas.

No vamos a permitir ningún tipo de legislación que vaya en contra de los derechos que hemos adquirido con organización y lucha y menos aún permitiremos que grupos fundamentalistas ataquen nuestras libertades y decisiones y nos impongan su moral.

¡Iglesia y Estado asuntos separados!

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