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La diputada provincial presentó un Proyecto para Santa Fe, que propone establecer los parámetros y disposiciones que regulan y rigen el consentimiento informado de las personas que soliciten la realización de alguna de las prácticas abortivas
Provinciales14/10/2022La diputada provincial Amalia Granata, presentó en la Cámara de Diputados de la provincia de Santa Fe, un Proyecto de Ley mediante el cual propone establecer los parámetros y disposiciones que regulan y rigen el consentimiento informado de las personas que soliciten la realización de alguna de las prácticas abortivas en los casos previstos por la Ley Nacional N° 27.610.
El proyecto de ley ingresado, parte primero de las facultades no delegadas por las Provincias al Gobierno Nacional. Es decir, que hay ciertas cuestiones que Santa Fe, como todas las provincias, se reservaron para legislar o administrar ellas mismas. El manejo de la salud pública y la aplicación de leyes en la materia, es una de estas. Por eso, si bien la ley del aborto es una ley que se decidió en el ámbito nacional, la aplicación de la misma y la regulación de ciertos aspectos de ella, son potestades de la legislatura provincial.
La presidenta del Bloque Somos Vida-Unión Federal explicó que: “el presente proyecto de ley incorpora un marco regulatorio al consentimiento informado que cada paciente debe dar para la práctica abortiva, en los casos contemplados por la Ley Nacional N° 27.610, que resulta fundamental para toda práctica médica y especialmente en esta, toda vez que la misma implica resultados irreversibles y consecuencias importantes para la salud de la paciente, además de los riesgos propios del procedimiento “y agregó: “el proyecto plantea ciertas pautas para regir algo tan importante como es el consentimiento informado de la paciente que consulta o solicita un aborto. El consentimiento informado es, en general, la expresión de voluntad de un paciente en la que da su conformidad a que se le realice determinada práctica o tratamiento (en este caso, el aborto) luego de que se le haya detallado y explicado conforme a su entendimiento, en que consiste tal práctica y cuáles son los riesgos. Existen sobre el Consentimiento Informado en general, regulaciones en el Código Civil, y leyes especiales (como la ley de derechos del paciente), pero no en particular sobre la aplicación de la ley N° 27.610”.
“Lo que se pretende entonces es que, si la muje r va a tomar una decisión tan dramática y límite como la de eliminar del seno materno a su propio hijo, al menos conozca cabalmente el procedimiento, qué consecuencias le puede traer, cuáles son los efectos adversos y, más importante aún, conozca realmente qué tiene en su vientre: para ello, pedimos que se le practique de forma obligatoria un ultrasonido, un Eco Doppler y una ecografía. Esto, con el objetivo de que atestigüe que no hay, ni una bola de células ni un "fenómeno", sino un bebé creciendo y cuyo corazón está latiendo. También, como parte del consentimiento informado, deber hacérsele saber a la mujer solicitante que ante un embarazo vulnerable, cuenta con la asistencia del estado nacional y provincial para llevarlo adelante, conforme la ley "de los mil días", N° 27.611, comentó la diputada santafesina.
“Hay que comprender que para que una mujer realmente pueda tomar de forma libre una decisión de esta significación, debe tener todos los elementos sobre la mesa y dado que aún quienes procuraron la legalización del aborto sostienen que es una experiencia traumática, no puede existir retaceo de información en una decisión que deja tantas huellas en la psiquis de las mujeres y de la que no hay vuelta atrás. En definitiva, todo acto libre implica que, previamente, se ha reflexionado y discernido sobre lo que en verdad es”, concluyó Amalia Granata.
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