
Las tasas judiciales se deberán abonar vía web
“Este sistema fue implementado el 01 de septiembre de 2011, por Resolución General (013/11), fue creado por solicitud del Colegio de Abogados a los fines de evitar demoras en el pago de los gravámenes, siendo tratado en la Mesa de Enlace que integran el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, el Colegio de Abogados, la Administración Provincial de Impuestos (API) y la Secretaría de Ingresos Públicos en reuniones llevadas a cabo los días 6/09/2010 y 11/11/2010”, precisaron desde la Secretaría de Ingresos Públicos.
Por lo tanto, desde la API se consideró que fue suficiente el período de adaptación para la herramienta web –desde el 1 de septiembre de 2011 hasta el 1 de septiembre del corriente año (2014)–, y a mediados de julio se notificó fehacientemente a los Colegios de Abogados, y por medio de ellos a los profesionales de las respectivas áreas, la obligatoriedad de realizar la liquidación de los gravámenes vía web.




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