El 30 de abril será feriado con fines turísticos
¿Qué se conmemora?
Lunes 30 de abril: Día “NO LABORABLE” con fines turísticos
Martes 1 de mayo: FERIADO NACIONAL DÍA DEL TRABAJADOR
¿El comercio puede abrir sus puertas?
Lunes 30 de abril: Si.
Martes 1 de mayo: Si (siempre teniendo en cuenta las normas legales en materia laboral)
¿El trabajador puede negarse a ir a trabajar?
Lunes 30 de abril: No.
Martes 1 de mayo: Si
¿En caso de no ir a trabajar se le puede descontar el día?
Lunes 30 de abril: Si.
Martes 1 de mayo: No
En caso de ir a trabajar ¿le corresponden horas extras?
Lunes 30 de abril: No
Martes 1 de mayo: Corresponde abonarle la cantidad de horas trabajadas calculadas de acuerdo al Artículo 155 y 156 de la LCT (aplicando el divisor 25)
En caso de ir a trabajar ¿le corresponde horas compensatorias?
Lunes 30 de abril: No.
Martes 1 de mayo: No.