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title: "AFIP eliminó la obligación de registrar los contratos de alquiler"
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description: "Solo será necesaria su registración para acceder a beneficios fiscales."
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date_published: "2024-08-12T12:19:00-03:00"
date_modified: "2024-08-12T12:24:31-03:00"
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# AFIP eliminó la obligación de registrar los contratos de alquiler

![in1596019291399](/download/multimedia.normal.b2926cf139b9d8ba.aW4xNTk2MDE5MjkxMzk5X25vcm1hbC53ZWJw.webp)

**La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de registrar los contratos de alquiler de inmuebles urbanos y rurales. De esta manera, el organismo continúa con su proceso permanente para reducir la carga administrativa y burocrática de los contribuyentes y responsables.**

Al mismo tiempo, la nueva resolución de AFIP establece que los contribuyentes que quieran gozar de los beneficios fiscales en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y en los impuestos sobre los Créditos y Débitos en cuentas bancarias y otras operatorias, sobre los Bienes Personales y a las Ganancias -contemplados en la ley 27.737- deberán declarar sus contratos de alquiler en el servicio “Registro de Locaciones de Inmuebles - RELI” de la web del organismo con clave fiscal, antes del 30 de septiembre de 2024 o dentro de los 15 días corridos posteriores a su celebración, según el caso. Quienes ya tengan registrados sus contratos no deberán volver a hacerlo, excepto que haya modificaciones o actualizaciones.

**En línea con dicha medida y con el objetivo de disminuir la carga administrativa de los contribuyentes, con relación al impuesto a las ganancias, se dispuso la eliminación de la obligación por parte del empleado en relación de dependencia de adjuntar -en el servicio SiRADIG- una copia del contrato de alquiler del inmueble con destino a casa habitación**. Este requisito resultaba necesario para tener acceso a las deducciones del 40% y del 10%, respectivamente, de las sumas pagadas por este alquiler.

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